Régimen Penal Tributario: Diputados aprobó la actualización de montos por evasión tributaria

21/8/2025

Con 226 votos a favor, ninguno en contra y 6 abstenciones, la Cámara de Diputados otorgó media sanción al proyecto de reforma del Régimen Penal Tributario (Ley 24.769), que sustituye los valores fijos en pesos por una referencia dinámica al Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM).

La iniciativa busca corregir la distorsión que generó la inflación sobre los umbrales que definen los delitos tributarios, sin modificar las escalas de prisión ya previstas en la ley.

Principales cambios aprobados

• Evasión simple: será delito cuando el monto evadido supere los 345 SMVM por tributo y ejercicio anual.

• Evasión agravada: se eleva el umbral a 3.450 SMVM, con agravantes específicos (uso de sociedades interpuestas, beneficios fiscales indebidos, facturas apócrifas).

• Aprovechamiento indebido de beneficios fiscales: tipificado cuando supere los 345 SMVM en un ejercicio.

• Apropiación indebida de tributos: penaliza al agente de retención que no deposite lo retenido cuando supere los 23 SMVM por mes.

• Evasión de aportes y contribuciones a la seguridad social: umbral en 46 SMVM por mes, con agravantes desde 92 y 230 SMVM.

• Apropiación indebida de aportes retenidos a empleados: también desde 23 SMVM por mes.

• Simulación dolosa de cancelación de obligaciones: desde 115 SMVM por ejercicio en tributos y 23 SMVM por mes en seguridad social.

Con el SMVM vigente en agosto 2025 ($322.000), la evasión simple se configuraría desde $111.090 millones por tributo y ejercicio.

Impacto esperado

• Seguridad jurídica: evita procesos penales por montos irrelevantes en términos actuales.

• Eficiencia judicial: libera a los tribunales de causas menores, concentrando recursos en delitos graves.

• Adaptabilidad normativa: la ley se actualiza automáticamente con la inflación, evitando obsolescencia.

Qué sigue en el Congreso

El proyecto ahora pasa al Senado, donde se espera un debate en paralelo con las reformas fiscales y previsionales impulsadas tanto por el oficialismo como por la oposición.

Lo que quedó afuera: multas y prescripción

Es importante aclarar que esta media sanción no incluye:

• La actualización de multas previstas en la Ley 11.683 de Procedimiento Tributario.

• Las modificaciones a los plazos de prescripción de las acciones fiscales.

Esos cambios forman parte de un proyecto separado, impulsado por el Ejecutivo, que eleva significativamente las multas (de $200 a $220.000 en los casos mínimos, y hasta $67,5 millones en supuestos graves) y propone plazos diferenciados de prescripción:

• 10 años para no inscriptos.

• 5 años para inscriptos.

• 3 años para cumplidores que presenten sus declaraciones juradas en tiempo y forma.

Ese mismo proyecto incluye el blindaje al nuevo Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias, que busca garantizar previsibilidad a los pequeños contribuyentes.

En definitiva, la media sanción marca un paso clave en la actualización del Régimen Penal Tributario, aunque deja pendiente el debate sobre multas, prescripción y sanciones administrativas, que también forman parte de la agenda tributaria en el Congreso.